VIII. Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal.
Tienen
derecho a una vida libre de violencia y a que se resguarde su integridad
personal; las autoridades tomarán las medidas para prevenir, atender y
sancionar casos en que niñas, niños y adolescentes se vean afectados por
conductas como el descuido, la negligencia, la trata, trabajo infantil o
coacción a participar en algún delito.
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